Mediación familiar

¿SEPARACIÓN, NULIDAD O DIVORCIO? ¿POR QUÉ POR MEDIACIÓN?

Porque es…

Una forma de divorciarte más rápida, económica
y adaptada a las necesidades concretas de la familia.
Porque decidís vosotros,
porque podéis contar con vuestros asesores jurídicos,
porque los hijos ahorran en costes emocionales,
porque es confidencial
y porque no se pierden derechos ante el juzgado

Casos:

MEDIACIÓN EN LA PAREJA POR FALTA DE COMUNICACIÓN

Se puede acudir a mediación para resolver conflictos de convivencia, sin necesidad de que la pareja haya decidido separarse. La mediación no es una terapia de pareja, es un método idóneo para alcanzar acuerdos que de otro modo terminan erosionando la convivencia.

“Nuestra relación ha cambiado, no va bien del todo. Nos seguimos queriendo y me gustaría que siguiésemos juntos, pero alrededor de nosotros, nuestras familias, nuestros amigos, nos crean muchos problemas que no somos capaces de resolver sin acabar discutiendo. Pero no queremos ir a terapia, sólo queremos poder hablar y poder llegar a algún acuerdo.”

“Nuestros trabajos nos están distanciando y nos seguimos queriendo, pero ya no sé cómo hablar sin echarnos las cosas en cara. Creo que necesitamos crear algún sistema para que los dos colaboremos en casa, pero en cuanto empezamos a hablar, todo son discusiones.”

“Nuestra hija cumple tres años el próximo curso, y no conseguimos ponernos de acuerdo sobre el tema del colegio. Yo quiero matricularla en el que estudié yo, que es concertado, pero ella sólo accede a matricularla en un colegio público. A veces creo que esto va a acabar con nuestra relación.”

“Los dos viajamos mucho por motivos de trabajo. Me aterroriza pensar quién se va a quedar con nuestros hijos si nos pasa algo a los dos. Pero cada vez que tratamos ese tema, terminamos discutiendo: cada uno piensa que su familia es la mejor opción. Últimamente esta preocupación no me deja dormir, pero es imposible llegar a ningún acuerdo.”

MEDIACIÓN EN LA RUPTURA DE PAREJA (RUPTURA DE PAREJA/ PAREJA DE HECHO/SEPARACIÓN/DIVORCIO/NULIDAD)

Una vez que la pareja ha decidido romper su convivencia hay que tomar una serie de decisiones para regular esa ruptura, conocer cuánto nos va a costar vivir separados, identificar las necesidades de cada miembro de la familia, y establecer cómo serán las relaciones en el futuro:
-Quién se va a quedar con el uso de la vivienda familiar.
-Cómo se van a hacer frente a los gastos y cargas que existen (el agua, la luz, la hipoteca, el alquiler, los préstamos, etc.)
-Cómo afrontaremos las necesidades económicas de todos los miembros de la familia (pensiones de alimentos, pensiones compensatorias, indemnizaciones derivadas de la convivencia, etc.)
-Cómo regulamos el disfrute del tiempo con los hijos comunes (periodos de convivencia, custodias, vacaciones, periodos no lectivos, etc.).
-Cómo vamos a adoptar en el futuro decisiones trascendentales en relación con la vida de nuestros hijos (estudios, religión, clases de apoyo, actividades extraescolares, etc.)
-Cómo resolvemos en el futuro diferencias de criterio con relación a la salud de nuestros hijos (cuidados en caso de enfermedad, pediatra, ortodontista, psicólogo, alimentación…)
-Quién se queda con la mascota de la familia.
-Cómo repartimos los bienes que tenemos en común.
-Y todos aquellos temas que puedan conllevar un desacuerdo entre las partes.

Se puede acudir a mediación desde el mismo momento en el que se ha decidido romper la vida en común. Pero también una vez que se ha iniciado el procedimiento judicial, bien para obtener una solución de mutuo acuerdo evitando que sea el Juez el que decida, bien para llegar a acuerdos sobre algunos temas, dejando otros a voluntad del Juez: en mediación podemos alcanzar acuerdos totales, pero también acuerdos parciales.

Me han dicho que cuando te divorcias, acabas arruinado. No tenemos mucho, pero tenemos claro que lo poco que tenemos no queremos perderlo en juicios y peleas absurdas. Tiene que haber otra manera de divorciarse, otra solución que nos ayude”
“Tenemos muchos problemas en nuestra pareja. Sólo hablamos para discutir. Nuestros hijos se han dado cuenta y los vemos tensos cuando estamos todos juntos. Queremos separarnos, pero no queremos hacerles pasar por el Juzgado, bastante han sufrido ya. Sólo necesito que me escuche y seguro que llegamos a un acuerdo”

“Quiero divorciarme y no quiero hacerlo por las malas, quiero poder hablarlo tranquilamente y no acabar mal”

“Estamos negociando un acuerdo con nuestros abogados, está todo bastante claro, pero estamos atascados, hay un tema ahí que nos impide seguir negociando. Creo que si lo pudiese hablar directamente con ella lo podríamos solucionar, y así podrán nuestros abogados terminar de redactar el convenio regulador”

“Los dos queremos estar con nuestros hijos, pero esto es una guerra, no conseguimos hablar pacíficamente de la custodia. Quizás si pudiésemos hablar podríamos buscar una manera de disfrutar los dos de los niños”

MEDIACIÓN PARA LIQUIDAR EL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL O LOS BIENES COMUNES DE UNA PAREJA

“No nos ponemos de acuerdo sobre cómo repartir el pequeño patrimonio que hemos hecho a lo largo de estos años juntos. El proceso en el Juzgado es muy largo y costoso… Si nos pudiésemos sentar a hablar civilizadamente seguro que lo solucionaríamos más rápido.”
 
“Juntos hemos montado un pequeño negocio que nos ha dado de comer todos estos años. Nuestros abogados están llevando muy bien la negociación, pero hay un tema ahí sobre el que no conseguimos ponernos de acuerdo… Si pudiésemos hablar y desatascar esto… Ya me ha dicho mi abogada que, o lo solucionamos, o terminaremos teniendo que cerrar el negocio, porque cada día que pasa perdemos más dinero.”

MEDIACIÓN PARA MODIFICAR LAS MEDIDAS YA EXISTENTES Y ADAPTARLAS A LAS NUEVAS CIRCUNSTANCIAS

La Sentencia dictada por un Juez, o los acuerdos que se hayan alcanzado en el momento de la ruptura, pueden no ajustarse a las necesidades futuras: cambio de las circunstancias económicas, siendo necesario adaptar las pensiones; modificación de las circunstancias personales, nuevos horarios de trabajo, nuevos miembros en la familia, pareja, hijos, etc.

La modificación de las circunstancias puede conllevar que las medidas adoptadas con anterioridad ya no sean válidas en la actualidad y resulte necesario adaptarlas a la nueva realidad; también puede suceder que el acuerdo alcanzado con anterioridad, o la sentencia que fijó las medidas, no haya previsto ciertos aspectos que las partes necesitan regular.

“Desde que me divorcié el padre de mi hijo y yo no nos hemos vuelto a hablar. Al final es nuestro hijo el que le dice a él lo que quiero, y el que me dice a mi qué quiere su padre. No es justo para nuestro hijo, pero no sé cómo hablar con su padre y a través de los abogados no nos entendemos”

“He perdido mi trabajo, y no puedo hacer frente a las pensiones de mis hijos. Necesito poder hablar con mi expareja y ver si podemos alcanzar un acuerdo. No me quiero meter en largos juicios, me gustaría resolver este problema por la buenas”

“La Sentencia que dictó el Juez ahora es muy difícil de cumplir: nos han cambiado los horarios en los trabajos, y mis hijos ya no acuden a las mismas actividades  extraescolares que antes. Es imposible hablar pacíficamente con mi exmujer, pero meternos en un juicio por esto… Mi abogada me ha recomendado que acuda a un mediador para tratar de hablar y ajustar la Sentencia a nuestras necesidades. Ella me asesorará en todo el procedimiento y al final podremos firmar un nuevo convenio sin quemarnos más en el Juzgado.”

MEDIACIÓN EN LA EMPRESA FAMILIAR
En la empresa familiar confluyen dos aspectos que resulta necesario coordinar a la perfección para el buen gobierno de esta: las cuestiones propiamente mercantiles, y las emociones y complejidades de las relaciones familiares.

La mediación se ha adverado como un mecanismo idóneo para conjugar ambas vertientes con un único fin: el éxito de la empresa.

La mediación es un instrumento eficaz para la elaboración del “Protocolo Familiar” que regulará las relaciones jurídicas, mercantiles y familiares de la empresa: la mediación como herramienta de prevención de conflictos.

Pero en España son pocas las empresas que disponen de protocolos que prevengan las cuestiones derivadas de la sucesión en la empresa, ni de ninguna otra fórmula adecuada para resolver las controversias que pueden interferir en la buena marcha de ésta: realidades que surgen con el tiempo y que no pudieron ser previstas, situaciones nuevas que no fueron contempladas en su día en el Protocolo Familiar, discrepancias en la interpretación de éste, falta de profesionalización de los órganos de gobierno, etc. A través de la mediación podremos afrontar el conflicto, darle solución, y establecer mecanismos de actuación pro futuro.

¿Cuántas empresas familiares fracasan tiempo después de desaparecer su fundador?

De la misma manera que toda empresa dispone de un asesor jurídico, un asesor fiscal, o laboral, debería de implantarse para la salud de la empresa un mecanismo eficaz de resolución extrajudicial de conflictos como la mediación. Son muchos los abogados que recomiendan a sus clientes que confíen en la mediación para resolver aquellas controversias a las que no siempre puede dar respuesta la Justicia, o que, aún cuando puedan ser sometidos al criterio de un Juez, conllevaría la ralentización de la marcha de la empresa, ocasionar daños económicos, en las relaciones comerciales, o en las familiares, irreparables.

A la rapidez en la resolución del conflicto se añade el plus de la confidencialidad, evitando que los asuntos familiares se ventilen públicamente, debilidad que podría ser aprovechada por los competidores.

Las grandes empresas familiares no resuelven sus conflictos en los Juzgados, acuden a fórmulas más ágiles y discretas como la mediación. Consulte con su abogado, le podrá informar de las ventajas de acudir a mediación.

No nos ponemos de acuerdo con mis hermanos en quién debe dirigir la empresa familiar que heredamos de nuestros padres, y cada vez son más frecuentes las discusiones”

“Queremos hacer un reglamento interno de cómo debería ser la gestión de la empresa familiar, quiénes pueden tener voto y quiénes no. Porque la verdad es que el pequeño sólo viene para cobrar, pero no hace nada y no sabe nada de la empresa, creo que no debería tener voto…”

“Nuestro padre se va a jubilar, y parece que le quiere dejar el control de la empresa a mi hermano simplemente porque es el mayor, pero no tiene ningún conocimiento sobre dirección o gestión de empresas. Creo que cuando mi padre ya no esté, voy a pedir mi parte y me voy a ir, aunque eso suponga el cierre del negocio.”
MEDIACIÓN ENTRE PADRES E HIJOS (Restablecimiento de los canales de comunicación)
Mi hijo tiene 32 años y ni estudia, ni trabaja, ni quiere hacer nada, sólo mirar el ordenador, la tele y salir con sus amigos, no sé cómo hablar con él. Sólo son portazos y malas contestaciones, le quiero, pero no puedo más con esta situación”

“Nuestra hija adolescente ha cambiado su carácter ¿Dónde está nuestra niña dulce y cariñosa? Ya no la reconocemos. Se porta mal en casa, pero sigue sacando buenas notas. Nos resulta casi imposible hablar con ella sin gritar y nos cuesta entenderla. No respeta las normas de casa.”

“Mi mujer y yo no nos ponemos de acuerdo en la forma de educar a nuestros hijos, tengo la sensación de que los estamos maleducando… Parece que en casa yo soy el poli malo… Mi hija ya no me cuenta nada, a veces siento que la estoy perdiendo…”
MEDIACIÓN EN LA FAMILIA CON FAMILIARES DEPENDIENTES (Ancianos dependientes, personas en situación de discapacidad)

“Nuestros padres son mayores y ya no se valen solos. Habría que buscar ayuda y no sé cómo hablar con mis hermanos. Deberíamos buscar una solución conjuntamente ya que es nuestra responsabilidad, pero nuestra comunicación se rompió hace tiempo”

“Mi hermano pequeño tiene Síndrome de Down. Hasta ahora mi madre se hacía cargo de él, pero ya ha llegado un punto en el que no sé quién necesita más ayuda. Hay que sentarse a hablar de ello, pero me resulta muy difícil tratar este tema con la familia.”

MEDIACIÓN CON FAMILIAS EXTENSAS QUE CONVIVEN
En aquellos hogares en los que conviven miembros de la familia extensa, como los abuelos, otros hermanos, etc. Se detectan problemas de convivencia que no son afrontados a tiempo bien por miedo a ocasionar una ruptura de la convivencia, o por no saber cómo enfocar el tema sin dañar a otro, pero que resulta necesario resolver porque supone una erosión de la paz familiar.

“Ya sé que en la herencia ponía que la casa era para los dos hermanos y todos tenemos derecho a vivir aquí, pero no puedo más con mi cuñada. O lo resuelvo, o esto acaba con mi matrimonio.”

“Mi mujer es hija única y cuando falleció su madre, su padre vino a vivir temporalmente con nosotros hasta que se adaptase a la nueva situación;  ya ha pasado una eternidad y esto no cambia, se han creado unas sinergias con las que no estoy de acuerdo, hay que arreglar esto de alguna manera sin tener que discutir.”
MEDIACIÓN ENTRE ABUELOS Y NIETOS (Quiero tener relación con mis nietos)
“Desde que mi hijo se divorció casi no puedo ver a mis nietos. Los echo de menos, creo que podría ayudar, siempre se van con los otros abuelos y no cuentan con nosotros para prácticamente nada.”
MEDIACIÓN EN LOS PROCESOS DE ADOPCIÓN Y ACOGIMIENTO
“Para mí es como un hijo, vive conmigo desde que nació, pero es hijo de mi hermana. Ella ya se ha recuperado, es su madre biológica  y  quiere llevárselo. Necesito que me ayuden con esta situación, ella y yo no nos hablamos, pero no quiero dejar de tener contacto con mi sobrino.”
MEDIACIÓN EN HERENCIAS
“Mi padre ha fallecido sin testamento. Mi madre no sabe qué hacer y hay repartir los bienes. Ninguno nos atrevemos a hablar del tema, tenemos miedo a los malos entendidos  y no queremos perder la buena relación entre los hermanos.”

“El testamento de mi padre no se sostiene, el abogado me ha dicho que lo podemos impugnar, pero tenemos miedo a que, con tanto juicio contra la última esposa de mi padre, nos quedemos sin nada.”

¿Qué es la mediación familiar?

La mediación familiar es un proceso a través de cual los miembros de una familia tratan de buscar soluciones con la ayuda de un tercero imparcial y neutral, el mediador, en aquellos casos en los que resulta difícil tratar de alcanzar acuerdos directamente, bien porque la comunicación se ha deteriorado y resulta complicado mantener un diálogo fluido, o porque la misma es inexistente.

Gracias a la mediación los integrantes de la familia podrán mejorar, reestructurar o reconstruir su relación, gestionando adecuadamente sus conflictos.

Con este proceso usted va a poder negociar sus necesidades directamente con la/s otra/s partes, pudiendo estar asesorado en todo momento por su abogado en aquellos supuestos en los que el acuerdo vaya a tener relevancia jurídica.

La mediación no es una terapia para resolver conflictos del pasado, si bien puede suceder que durante el proceso se vean los hechos pasados desde otra perspectiva, de forma diferente, pero la finalidad de la mediación es pro futuro: los mediadores les ayudarán a definir un futuro nuevo que se adapte a las necesidades de cada uno de ustedes.

El proceso se desarrollará bajo un clima de confianza y total confidencialidad, completamente apartado de la ansiedad e incertidumbre que producen los procesos judiciales, y se deberán de respetar en todo momento unas reglas mínimas.

  1. CON RESPETO Y SIN DESCALIFICACIONES
  2. CON HONESTIDAD

Más a menudo de lo que sería deseable cuando dos personas se encuentran ante un conflicto las únicas opciones que barajan es “uno gana/el otro pierde”: no voy a acceder a esto porque el otro siempre se sale con la suya.

La mediación elimina esa dualidad: a través del proceso de mediación todas las partes ganan, ustedes podrán salir con un acuerdo satisfactorio para ambos, que será decidido y controlado por ustedes, siendo la única solución “ganador / ganador”. En la mediación nadie va a imponer la solución: a través de la mediación las soluciones que se alcancen son suyas, responden a sus necesidades, y se adaptan a ustedes como un traje a medida.

La función del mediador es ayudarles a llegar a un acuerdo, no va a representar a ninguna de las partes, no va a decidir por ustedes, el mediador gestionará el conflicto para que sea constructivo y no destructivo, ayudándoles a tener una percepción más clara de sí mismos y del conflicto, pudiendo así dejar atrás el pasado para concentrarse únicamente en el FUTURO.

Los acuerdos que se alcancen en mediación pueden tener relevancia jurídica si las partes así lo desean y ser de obligado cumplimiento: podrán ser homologados judicialmente o elevados a Escritura Pública. La mediación es un proceso amparado legalmente y regulado en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

¿Cuándo acudir a mediación?

Se puede acudir en cualquier momento:
  • En una fase inicial del conflicto, cuando se empiezan a detectar los primeros problemas en la comunicación entre las partes
  • Una vez que ya se ha constatado que existe un conflicto de difícil solución entre las partes
  • En aquellos supuestos en los que se haya iniciado un procedimiento judicial, independientemente de la fase en la que se encuentre
  • Una vez resuelto el procedimiento judicial a través de Sentencia o Auto, pero que presenta dificultades en su cumplimiento, o bien las partes entienden que la resolución judicial no responde a todas sus necesidades

¿En qué consiste el proceso?

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SESIÓN INFORMATIVA:

La sesión informativa tiene como finalidad proporcionar a las partes toda la información necesaria sobre el proceso de mediación: en qué consiste la mediación, cuáles son los principios que rigen el proceso, el desarrollo del procedimiento, quiénes son las mediadoras, qué coste y duración se prevé que pueda tener, el plazo para firmar el acta de la sesión constitutiva, y las consecuencias jurídicas del acuerdo que se pudiere alcanzar. Aquí puedes ver las claves para una buena sesión informativa.

Es muy importante destacar que, si bien el proceso de mediación se rige enteramente por el principio de confidencialidad, conforme establece el art. 17 de la Ley 5/2012, de 5 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, la información sobre qué parte no acude a la sesión informativa no será confidencial

LAS MEDIADORAS SOMOS:

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Lucía Iglesias Gil

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María Pilar Broto Portaspana

Características de la mediación:

  • VOLUNTARIO: El procedimiento de mediación se inicia sólo si ambas partes lo desean, y, de la misma manera, se pueden retirar en cualquier momento. ¿Por qué? Precisamente porque se tratar  de un proceso en el que se busca reestructurar los canales de comunicación entre las partes, y tratar de llegar a acuerdos que respondan a las necesidades de los intervinientes y no por imposición, como haría un juez o un árbitro. Difícilmente podremos crear una comunicación/relación exitosa tras un conflicto si no son ustedes quienes deciden y desean que sea así.
  • CONFIDENCIAL: El proceso de mediación ofrece un espacio de diálogo completamente confidencial, estando sometidos los mediadores al secreto profesional, no pudiendo ser citados como testigos en los tribunales (salvo las excepciones establecidas en la ley).
  • RAPIDEZ: El mediador/a y las partes marcan los tiempos, resultando mucho más rápido que el proceso judicial.
  • FLEXIBILIDAD: Se adapta a las circunstancias del caso y a las características personales de las partes, abordándose los asuntos que éstas necesiten.
  • IGUALDAD, IMPARCIALIDAD Y NEUTRALIDAD: Porque el mediador/a no tiene ningún interés en el resultado del procedimiento más allá que el manifestado por las partes, debiendo equilibrar a éstas para que ambas puedan tener las mismas oportunidades de expresarse, escuchar y ser escuchadas.

El mediador no podrá iniciar o deberá abandonar la mediación cuando concurran circunstancias que afecten a su imparcialidad.

El mediador no opina, no juzga, ayuda a las partes a mantener un diálogo fluido para que alcancen sus propias soluciones. Es así como se obtienen acuerdos sólidos

  • VALIDEZ LEGAL: Ya que, realizado bajo los parámetros establecidos en la ley, los acuerdos tienen la misma validez legal que una resolución judicial, permitiendo en todo momento el asesoramiento de sus respectivos abogados y abogadas.
  • COSTE: El coste por sesión de 150€ (IVA NO INCLUIDO)

 (Para otras cuestiones mirar siguiente enlace)

SESIONES DE MEDIACIÓN: “ESCUCHEMOS, SEAMOS ESCUCHADOS”

Tras la sesión informativa las partes firman el acta inicial, con el que se da comienzo al proceso de mediación propiamente dicho.

Las sesiones de mediación serán realizadas conjuntamente, acudiendo las partes y las mediadoras. En ellas utilizaremos diversas técnicas para abordar todos aquellos temas que ustedes consideren necesarios, trabajaremos sobre ellos, y trataremos de llegar a acuerdos. Siempre ajustándonos a sus necesidades.

En algunos momentos puede darse la necesidad de una sesión privada con cada una de las partes por separado. Esta sesión privada está amparada igualmente por el deber de confidencialidad, y recibe el nombre técnico de caucus.

Las sesiones tienen, generalmente, una duración de una hora y media, aunque puede ser mayor si se considera necesario y resulta aconsejable para terminar con el asunto programado para la misma.

Nuestro papel como mediadoras es guiarles por un camino de escucha y comunicación en la que ustedes lleguen a un acuerdo satisfactorio: todos ganan, nadie pierde.

Existe un proceso típico común para la mediación familiar, que tendrá características particulares para cada familia, y que se abordará según necesidades y que podemos resumir más o menos así:

  • Obtención de información (cada uno cuenta sobre sus intereses e inquietudes presentes o futuras)
  • Elección temas a tratar
  • Delimitación de objetivos.
    • ¿Qué esperan de la mediación?
    • ¿Qué esperan del mediador?
  • Identificación de los temas emocionales
  • Trabajamos sobre las áreas de acuerdo y desacuerdo
  • Elaboramos presupuestos y compromisos
  • Se negocian las diferencias de tipo económico
  • Se desarrolla el acuerdo general

TEMAS MÁS COMUNES A TRATAR EN CASO DE NULIDAD/ SEPARACIÓN/ DIVORCIO CON HIJOS:

La finalidad es saber cuánto les costará vivir separados, identificando las necesidades de cada miembro de la familia y cómo serán las relaciones a futuro. Así que recomendamos tratar temas como los siguientes:

  • ECONOMÍA:
    • Ingresos y gastos actuales
    • Presupuesto de gastos futuros
    • Bienes y derechos valorables en dinero
    • Responsabilidades económicas
    • Liquidación de régimen económico-matrimonial

  • HIJOS
    • Cómo explicar la nueva situación según edad del hij@
    • Relaciones con sus hijos (Residencia y tiempo compartido con cada uno de los progenitores y con la familia extensa) ¿cómo vamos a cuidar a nuestros
      hijos en el futuro?
    • Calendarios: semanal, vacacional, festivos…
    • Temas educacionales (colegio, extraescolares, profesores particulares, religión…)
    • Salud de los hijos (cuidados en caso de enfermedad, pediatra, ortodontista, psicólogo, alimentación…)
    • Nuevas situaciones posibles (matrimonios o parejas nuevas, fallecimiento de un progenitor, cambio de residencia…)
    • Cambio de acuerdos por petición de hijos a determinada edad o no
    • Participación de lo hijos en las sesiones (según edad y según criterios progenitores)
    • Consideraciones económicas respecto a la manutención de los hijos.

El acuerdo

Según los temas a tratar puede suceder que las partes deseen llegar a acuerdos que simplemente regulen sus relaciones futuras, o que dicho acuerdo, además, tenga plena eficacia jurídica (por ejemplo, un convenio regulador de divorcio, un Protocolo de empresa familiar, acuerdos sobre el nombramiento futuro de tutores para los hijos, etc.)

En ambos casos el acuerdo es el decidido por las partes y se ajusta íntegramente a sus necesidades. El acuerdo que se alcanza en mediación es un traje a medida, y el porcentaje de cumplimiento es mayor que las obligaciones impuestas por un tercero, como puede ser una Sentencia.

El coste

El coste por sesión de 150€ (IVA NO INCLUIDO)

 (Para otras cuestiones mirar siguiente enlace)

Buenas prácticas para las personas mediadas

Reglas para resolver con mediación

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  1. VOLUNTAD: Querer estar aquí y comunicarse
  2. RESPETO: Al hablar y al actuar. En positivo
  3. BUENA FE: Honestidad y sinceridad en todo el procedimiento. No te van a juzgar
  4. ESCUCHA RECÍPROCA: Tú escuchas y a ti te escuchan
  5. CONFIANZA: En el procedimiento, en ti, en la persona mediadora y en la otra parte para encontrar soluciones. Guardando el secreto

“Pregúntanos, resuelve tus dudas, estaremos encantados de atenderte”

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